En octubre de 2008, un grupo de trabajo informal presentó un informe a la Junta de Comisionados del Condado titulado "Transición de la Cárcel a la Comunidad: Mejorando los Resultados de la Reinserción en el Condado de Multnomah". El informe proponía que la Junta estableciera un Consejo de Reinserción bajo los auspicios de LPSCC. La Junta respondió adoptando una resolución.
en diciembre de 2008, estableciendo formalmente un Consejo de Reingreso del Condado.
Al adoptar esta resolución, la Junta de Comisionados reconoció que el enfoque nacional de los últimos años en el apoyo programático para los reclusos que regresan a sus comunidades no ha abordado las necesidades de los reclusos que regresan a la cárcel. Sin embargo, con la aprobación de la Ley de Segunda Oportunidad por parte del Congreso en 2007, los gobiernos locales pudieron acceder a asistencia financiera federal para reducir la reincidencia mediante métodos congruentes con la investigación de la Oficina de Estadísticas Judiciales sobre la reinserción social de los delincuentes. Una condición para recibir esta asistencia financiera federal en virtud de la Ley de Segunda Oportunidad es la formación de un "Grupo de Trabajo de Reinserción" local, compuesto por "líderes locales relevantes; y representantes de agencias relevantes; proveedores de servicios; organizaciones sin fines de lucro; y partes interesadas" con el fin de "examinar maneras de aunar recursos y fuentes de financiación para promover tasas de reincidencia más bajas para los delincuentes que regresan a la cárcel y minimizar los efectos perjudiciales de su estancia en prisión en las familias y las comunidades".
Con la necesidad crítica de más planificación y servicios de reingreso en la cárcel en el condado de Multnomah, así como esta nueva oportunidad para el apoyo federal, la resolución de diciembre de 2008 de la Junta ordenó al Consejo de Reingreso “(a) cumplir con las condiciones para recibir asistencia financiera bajo la Ley Federal de Segunda Oportunidad; (b) colaborar con el Consejo de Coordinación de Seguridad Pública Local del Condado de Multnomah; (c) colaborar y tender un puente entre los programas de reingreso en la cárcel de la Oficina del Sheriff del Condado de Multnomah y los programas de reingreso fuera de la cárcel del Departamento de Justicia Comunitaria y los servicios de los socios comunitarios; (d) identificar brechas en los programas y servicios y recomendar cambios para abordar esas brechas; (e) presentar informes trimestrales a la Junta de Comisionados; y (f) estructurarse en dos niveles, con un Equipo de Políticas y un Equipo de Operaciones”.