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El programa de Tutela y Curaduría Pública del Condado de Multnomah (MCPGC) obtiene e implementa la tutela y/o curatela designada por el tribunal para adultos que residen en el Condado de Multnomah y que son:
- profundamente incapacitado mentalmente,
- incapaces de cuidarse a sí mismos y
- Actualmente se encuentran en alto riesgo debido a abusos, explotación o abandono personal extremo.
¿Qué es la tutela? ¿Qué hacen los tutores?
Una persona bajo tutela es declarada "incapacitada mentalmente" y considerada "persona protegida" según la ley del estado de Oregón. Los tutores son designados por un juez del Tribunal de Circuito del Condado de Multnomah a través del Departamento de Sucesiones y ejercen su profesión de acuerdo con las normas establecidas en el Estatuto Revisado de Oregón 125. Los tutores ayudan a las personas a tomar decisiones sobre dónde vivir, atención médica y psiquiátrica, planificación para el final de la vida y administración financiera, contribuyendo a preservar los ingresos y beneficios y a garantizar que se destinen adecuadamente a la atención y otras necesidades.
Los tutores involucran a la persona en el proceso de toma de decisiones en la mayor medida posible y se esfuerzan por seleccionar servicios e intervenciones que restrinjan lo menos posible su libertad y autonomía. La seguridad y protección de la persona son la principal responsabilidad del tutor; sin embargo, también se presta mucha atención a la defensa de sus objetivos, preferencias y calidad de vida.
¿Qué es la tutela? ¿Qué hacen los tutores?
Un juez designa a un curador para administrar los asuntos financieros de una persona protegida, quien ha sido declarada legalmente "incapaz financieramente". A diferencia de la tutela, la curatela es una forma más rigurosa de administración y protección financiera y, por lo tanto, requiere una mayor necesidad económica. Por ejemplo, el patrimonio de la persona protegida debe superar un determinado valor o incluir bienes inmuebles u otros activos complejos que requieran la administración de un curador legal. El curador está autorizado a realizar muchos actos de forma independiente, pero debe obtener la aprobación judicial previa para otros. No tiene autoridad para tomar decisiones sobre atención médica, lugar de residencia o el final de la vida; en situaciones donde ambas sean necesarias, el tribunal puede designar tanto a un tutor como a un curador.
¿Cuál es la diferencia entre tutores o curadores privados y públicos?
Un tutor o curador privado es una organización, empresa o persona no pública designada por un tribunal. Esto puede incluir abogados o fiduciarios profesionales certificados y capacitados, así como familiares o amigos que reúnan los requisitos y sean capaces de desempeñar la función. Para encontrar un tutor o curador profesional privado, visite el sitio web de la Asociación de Tutores/Curadores de Oregón en https://www.gcaoregon.org/practitioners .
Un tutor o curador público es un programa financiado u operado por una agencia pública que presta servicios a una población específica, generalmente personas con ingresos y recursos limitados. En la mayoría de los estados (incluido Oregón), un tutor o curador público solo puede ser designado si no hay nadie más dispuesto o capacitado para desempeñar el cargo y se han agotado todas las alternativas menos restrictivas. Estas alternativas incluyen instrumentos de atención médica como directivas anticipadas u órdenes médicas para tratamientos de soporte vital (POLST), instrumentos financieros como poderes notariales o servicios de representante legal, o la designación de un tutor/curador privado.
Actualmente, en Oregón existen dos programas públicos que brindan servicios de tutela y curatela. El programa de Tutela Pública de Oregón (OPG, por sus siglas en inglés), administrado por el Estado de Oregón a través de la Oficina del Defensor del Pueblo para la Atención a Largo Plazo y financiado por mandato legislativo estatal, ofrece servicios a personas en todo el estado. El programa de Tutela Pública del Condado de Multnomah atiende a adultos que han establecido su residencia en el Condado de Multnomah.
Acerca de la MCPGC
El MCPGC es un programa del gobierno del condado financiado con fondos generales del condado. El personal está compuesto por el Tutor Público y Curador del Condado de Multnomah (el gerente del programa), quien supervisa el programa; un Subdirector (supervisor del programa), quien se encarga de las derivaciones y la admisión; cinco Tutores Públicos Adjuntos, quienes brindan servicios directos a los clientes; y varios miembros del personal de apoyo, quienes brindan servicios administrativos y asistencia en los casos. La oficina del MCPGC está abierta durante el horario comercial habitual (de 8:00 a. m. a 5:00 p. m., lunes a viernes) y el personal de toma de decisiones críticas está disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana, para atender las necesidades urgentes de los clientes. Este personal de toma de decisiones (gerente, supervisor y subdirectores) cuenta con la certificación nacional del Centro para la Certificación de Tutela (CGC) y sigue el modelo de la Asociación Nacional de Tutela (NGA) en cuanto a estándares de práctica y principios éticos. Además, el programa opera de conformidad con las leyes y estatutos aplicables de Oregón (principalmente, pero no exclusivamente , ORS 125 ), así como con las normas, políticas y procedimientos del Condado de Multnomah y de la agencia.
Consulta y derivación
Si tiene preguntas sobre la MCPGC, el proceso de tutela o curatela, o si cree que una persona podría calificar para la tutela pública, llame a nuestra oficina principal al (503) 988-4567 o envíenos un correo electrónico a mcpgc@multco.us Llame durante el horario comercial y solicite una consulta. Si no podemos atenderle de inmediato, un miembro de nuestro equipo se pondrá en contacto con usted en un plazo de 24 horas.
Si tras la consulta necesita derivar a alguien, complete uno de los formularios que aparecen a continuación. Las instrucciones para su envío se incluyen con el formulario.