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El programa de tutores y conservadores públicos del condado de Multnomah (MCPGC) obtiene e implementa la tutela y/o curatela designada por el tribunal para adultos que residen en el condado de Multnomah y que:
- profundamente incapacitado mentalmente,
- incapaces de cuidar de sí mismos, y
- Actualmente se encuentran en alto riesgo debido al abuso, la explotación o el abandono extremo.
¿Qué es la tutela? ¿Qué hacen los tutores?
Una persona bajo tutela se considera "mentalmente incapacitada" y "persona protegida" según la ley estatal de Oregón. Los tutores son nombrados por un juez del Tribunal de Circuito del Condado de Multnomah a través del Departamento de Sucesiones y ejercen según las normas establecidas en el Estatuto Revisado 125 de Oregón. Los tutores ayudan a las personas a tomar decisiones sobre su residencia, atención médica y psiquiátrica, planificación para el final de la vida y administración financiera, contribuyendo a preservar los ingresos y beneficios, y a garantizar que se apliquen adecuadamente a la atención y otras necesidades.
Los tutores involucran a la persona en la mayor medida posible en el proceso de toma de decisiones y se esfuerzan por seleccionar servicios e intervenciones que impongan el menor grado de restricción a su libertad y autonomía. La seguridad y protección de la persona son su principal responsabilidad; sin embargo, se prioriza la defensa de sus objetivos, preferencias y calidad de vida.
¿Qué es la curatela? ¿Qué hacen los curadores?
Un juez designa a un curador para administrar los asuntos financieros de una persona protegida. Esta persona ha sido declarada financieramente incapaz. A diferencia de la tutela, la curatela es una forma más intensa de gestión y protección financiera y, por lo tanto, requiere un mayor nivel de necesidad financiera. Por ejemplo, el dinero o el patrimonio de la persona protegida deben superar cierto valor o contener bienes inmuebles u otros activos complejos que requieran la administración de un curador legal. Un curador está autorizado a realizar muchos actos de forma independiente, pero debe obtener la aprobación judicial previa para otros. Un curador no tiene autoridad para tomar decisiones sobre atención médica, internamiento o final de la vida, y en situaciones donde ambos sean necesarios, el tribunal puede designar tanto a un tutor como a un curador.
¿Cuál es la diferencia entre tutores o curadores privados y públicos?
Un tutor o curador privado es una organización, empresa o persona privada designada por el tribunal. Esto puede incluir abogados o fiduciarios profesionales certificados y capacitados, o familiares o amigos elegibles y capaces de prestar servicios. Para encontrar un tutor o curador profesional privado, visite el sitio web de la Asociación de Guardianes/Curadores de Oregón: https://www.gcaoregon.org/practitioners .
Un tutor o curador público es un programa financiado u operado por una agencia pública que atiende a una población específica, generalmente personas con ingresos y recursos limitados. En la mayoría de los estados (incluido Oregón), solo se puede nombrar un tutor o curador público si no hay nadie más dispuesto o capaz de servir y se han agotado todas las alternativas menos restrictivas. Estas alternativas incluyen instrumentos de atención médica como las directivas anticipadas o las órdenes médicas para tratamientos de soporte vital (POLST), instrumentos financieros como un poder notarial o servicios de representante beneficiario, o el nombramiento de un tutor o curador privado.
Actualmente, en Oregón existen dos programas públicos que ofrecen servicios de tutela y curatela. El Programa de Tutores Públicos de Oregón (OPG), administrado por el Estado de Oregón a través de la Oficina del Defensor del Pueblo para Cuidados a Largo Plazo y financiado por mandato legislativo estatal, ofrece servicios a personas en todo el estado. El Programa de Tutores Públicos del Condado de Multnomah atiende a adultos residentes en el Condado de Multnomah.
Acerca del MCPGC
El MCPGC es un programa del gobierno del condado financiado con dólares del fondo general del condado. El personal está formado por el Tutor y Conservador Público del Condado de Multnomah (el gerente del programa) que supervisa el programa, un Adjunto Sénior (supervisor del programa) que maneja las referencias y la admisión, cinco Tutores Públicos Adjuntos que brindan servicios directos a los clientes y varios miembros del personal de apoyo que brindan servicios administrativos y apoyo en los casos. La oficina del MCPGC está abierta durante el horario comercial estándar (8:00 a. m. a 5:00 p. m., de lunes a viernes) y el personal de toma de decisiones críticas está disponible las 24 horas, los 7 días de la semana para las necesidades emergentes de los clientes. Este personal de toma de decisiones (gerente, supervisor, Adjuntos) está certificado a nivel nacional a través del Centro de Certificación de Tutelas (CGC) y sigue el modelo de la Asociación Nacional de Tutelas (NGA) para estándares de práctica y principios éticos. Además, el programa opera de acuerdo con las leyes y estatutos aplicables de Oregón (principalmente, pero no exclusivamente , ORS 125 ), así como con las reglas, políticas y procedimientos del Condado de Multnomah y la agencia.
Consulta y derivación
Si tiene preguntas sobre el MCPGC, el proceso de tutoría/curatela, o tiene una situación en la que cree que una persona puede calificar para la tutoría/curatela pública, llame a nuestra oficina principal al (503) 988-4567 o envíenos un correo electrónico a mcpgc@multco.us Durante el horario de atención, solicite una consulta. Si no está disponible de inmediato, alguien de nuestra oficina se pondrá en contacto con usted en 24 horas.
Si después de la consulta necesita hacer una derivación, complete uno de los formularios a continuación. Las instrucciones de envío se incluyen con el formulario.