Le proporcionamos este aviso para asegurarnos de que comprenda su derecho a solicitar un seguro médico grupal. Le recomendamos leer este aviso incluso si planea renunciar a la cobertura en este momento.
Según las disposiciones especiales de inscripción de la HIPAA, usted podría ser elegible, en ciertas situaciones, para inscribirse en un plan médico del Condado de Multnomah durante el año, incluso si previamente rechazó la cobertura. Este derecho se extiende a usted y a todos los miembros elegibles de su familia.
Pérdida de otra cobertura
Usted será elegible para inscribirse usted mismo (y sus dependientes elegibles) si, durante el año, usted o sus dependientes han perdido la cobertura de otro plan porque:
- La cobertura finalizó debido a la terminación del empleo, divorcio, muerte o una reducción de horas que afectó la elegibilidad de los beneficios;
- Se suspendieron las contribuciones del empleador al plan;
- El plan fue terminado; o
- La cobertura de COBRA finalizó.
Ejemplo: Renunció a la cobertura porque estaba cubierto por un plan ofrecido por el empleador de su cónyuge. Su cónyuge termina su empleo. Si notifica a su empleador dentro de los 60 días posteriores a la fecha de finalización de la cobertura, usted y sus dependientes elegibles pueden solicitar cobertura bajo nuestro plan de salud.
Debe notificar al plan dentro de los 60 días posteriores a la pérdida de cobertura para inscribirse en el plan médico del Condado de Multnomah durante el año. De lo contrario, deberá esperar hasta el período de inscripción abierta del plan.
Matrimonio, nacimiento o adopción
Si agrega un nuevo dependiente durante el año como resultado de matrimonio, nacimiento, adopción o colocación para adopción, puede inscribir a ese dependiente, así como a usted mismo y a cualquier otro dependiente elegible en el plan, incluso si anteriormente rechazó la cobertura médica.
Ejemplo: Cuando lo contratamos, era soltero y decidió no optar por los beneficios del seguro médico. Un año después, se casa. Usted y sus dependientes elegibles tienen derecho a inscribirse en este plan de salud grupal. Sin embargo, debe solicitarlo dentro de los 60 días posteriores a la fecha de su matrimonio.
Debe notificar al plan dentro de los 60 días posteriores al evento para inscribirse en el plan médico del Condado de Multnomah durante el año. De lo contrario, deberá esperar hasta el período de inscripción abierta del plan. La cobertura será retroactiva a la fecha de nacimiento o adopción para los niños inscritos durante el año bajo estas disposiciones.
Medicaid o CHIP
A partir del 1 de abril de 2009, usted será elegible para inscribirse usted mismo y sus dependientes elegibles si ocurre cualquiera de dos eventos:
- Usted o su dependiente pierde la cobertura de Medicaid o del Programa de Seguro Médico para Niños (CHIP) porque ya no es elegible.
- Usted o su dependiente califican para recibir asistencia estatal para pagar las primas del plan médico grupal de su empleador.
Ejemplo: Cuando lo contratamos, sus hijos recibían cobertura médica de CHIP y usted no los inscribió en nuestro plan. Debido a cambios en sus ingresos, sus hijos ya no son elegibles para la cobertura de CHIP. Puede inscribirlos en este plan de salud grupal si presenta la solicitud dentro de los 60 días posteriores a la fecha en que perdieron la cobertura de CHIP.
Independientemente de otras fechas límite de inscripción, tendrá 60 días a partir de la fecha del evento de Medicaid/CHIP para solicitar la inscripción en el plan médico del condado de Multnomah.
Tenga en cuenta que los derechos de inscripción especiales le permiten:
- Inscribirse en su cobertura médica actual; o
- Inscríbase en cualquier opción de beneficio del plan médico para el cual usted y sus dependientes sean elegibles.