Los miembros de la Guardia Nacional o la Reserva de Oregón que estén desplegados pueden ser elegibles para una exención de impuestos a la propiedad sobre su residencia principal.
Usted puede ser elegible para esta exención si:
- Usted es residente de Oregon;
- Usted es propietario de su casa y ella es su residencia principal;
- Usted vive en su casa excepto cuando se encuentra fuera prestando servicio militar;
- Estás sirviendo en la Guardia Nacional de Oregón o en las fuerzas de reserva militar;
- Se le ha ordenado prestar servicio activo federal (Título 10) o se le ha desplegado bajo el Pacto de Asistencia para la Gestión de Emergencias (EMAC) a partir del 1 de enero de 2005 (si está en servicio activo regular o en un período de servicio regular, no califica); y
- Se le ordena servir bajo el estatus del Título 10 o despliegue EMAC por más de 178 días consecutivos.
Si califica, una parte del valor tasado de su propiedad residencial puede estar exenta del impuesto a la propiedad.
Debe presentar un reclamo ante el condado de Multnomah por cada año fiscal durante el cual sirvió o servirá al menos un día de su servicio calificado.
Para un tiempo de procesamiento más rápido y verificación de recepción, se prefiere que la solicitud y la copia de los pedidos actuales se envíen por correo electrónico a dart.special.programs@multco.us .
Si no puede enviar un correo electrónico, puede hacerlo a:
Condado de Multnomah DART SPG
PO Box 2716
Portland, OR 97208-2716
(El envío por correo puede resultar en un mayor tiempo de procesamiento general; verifique dos semanas después del envío que hayamos recibido lo enviado)
Elimine los números de seguro social de cualquier documentación antes de enviarla.
Solicitud: Solicitud de exención para miembros del servicio activo de Oregón
Estatuto: ORS 307.286-307.289