El condado tiene autoridad contractual de larga data para exigir responsabilidades a AMR y debe cumplir con el código.

Lea el informe del Defensor del Pueblo del Condado sobre las oportunidades que tiene el condado para exigir responsabilidades a American Medical Response por los tiempos de respuesta de las ambulancias.

Inicio del caso

Este informe se elaboró ​​a solicitud del auditor del condado de Multnomah. Se centra en el papel y la responsabilidad del condado de Multnomah en cuanto a los tiempos de respuesta de las ambulancias y en cómo su contrato con American Medical Response Northwest, Inc. (AMR) brindó oportunidades para la intervención temprana.

Resumen

Este informe del Defensor del Pueblo aborda el problema de los tiempos de respuesta de las ambulancias en el condado de Multnomah. El condado tiene un contrato con American Medical Response Northwest, Inc. para la prestación del servicio de ambulancias dentro del condado. El contrato comenzó el 1 de septiembre de 2018 por un período de cinco años. En marzo de 2022, la Junta de Comisionados del Condado renovó el contrato de AMR, extendiendo su fecha de finalización hasta el 31 de agosto de 2028.
Los requisitos de tiempo de respuesta de las ambulancias están claramente estipulados en el contrato entre AMR y el condado de Multnomah. El estándar para todas las llamadas es un cumplimiento del 90 % del tiempo de respuesta requerido para el código y la ubicación específicos. Por ejemplo, la respuesta de una ambulancia a una llamada de Código 3 (que pone en peligro la vida) en una zona urbana no debe exceder los 8 minutos. La tabla a continuación, basada en el contrato entre el condado y AMR, muestra los requisitos para los distintos códigos y ubicaciones.

Requisitos de cumplimiento del tiempo de respuesta

Para ambulancias dentro del condado para cada nivel de prioridad

Tabla que muestra que se requiere un cumplimiento del 90 % para el Código 3 (que amenaza la vida), el Código 2 (que no amenaza la vida) y el Código 1 (que no requiere atención inmediata). El Código 0 indica que no hay respuesta.
Fuente: Contrato del condado con AMR

En 2023, un hombre en silla de ruedas falleció tras esperar más de 30 minutos a que llegara una ambulancia al lugar de un accidente de atropello y fuga. Según los informes, en el momento del accidente, AMR operaba con un código 0 (sin respuesta), lo que significa que no había ambulancias disponibles.

El condado no emitió una respuesta pública inmediata al fallecimiento del hombre, lo que llevó al auditor del condado a indagar si el condado estaba al tanto del fallecimiento, de la cobertura mediática al respecto y de los tiempos de respuesta de las ambulancias en general. A petición del auditor del condado, el defensor del pueblo inició una investigación sobre el problema de los tiempos de respuesta de las ambulancias.

El Defensor del Pueblo revisó:

  • Cumplimiento de los plazos de respuesta de AMR en los años contractuales 1 a 4;
  • Los recursos disponibles para el condado en caso de incumplimiento sustancial del contrato, como el incumplimiento de los plazos de respuesta; y
  • la existencia de un órgano consultivo, establecido en el Código del Condado en 2016, que no ha sido utilizado.

Alcance y objetivos

Este informe se centra en el incumplimiento reiterado de American Medical Response en su contrato de Servicios Médicos de Emergencia con el condado de Multnomah y en las medidas correctivas que el condado pudo aplicar en momentos cruciales durante la vigencia del contrato. Asimismo, analiza la creación del Consejo Asesor de Servicios Médicos de Emergencia y su propósito.

Metodología y recopilación de datos

El Defensor del Pueblo utilizó fuentes de información fácilmente disponibles, incluyendo el Código del Condado de Multnomah, el contrato entre AMR y el condado y sus enmiendas, datos proporcionados por los Servicios Médicos de Emergencia, comunicaciones con los líderes del condado y cobertura de noticias relevantes para investigar los tiempos de respuesta de las ambulancias, evaluar el papel y las responsabilidades del condado y hacer recomendaciones para la mejora.

Las fuentes incluyeron:

  • La Sección 21.406 del Código del Condado de Multnomah, que trata sobre la dotación de personal de las ambulancias.
  • La Sección 21.419 del Código del Condado de Multnomah se refiere a la creación del Consejo Asesor de Servicios Médicos de Emergencia, un organismo de supervisión cuya función declarada es "hacer recomendaciones y asesorar al Director Médico de Servicios de Emergencia y al Administrador del Programa de Servicios Médicos de Emergencia sobre innovaciones y mejoras en el Sistema de Servicios Médicos de Emergencia".
  • La sección 6(A)(h) del contrato número 5600002522 define el incumplimiento de los requisitos de tiempo de respuesta como un incumplimiento material del contrato.
  • Informes anuales de AMR al condado de Multnomah correspondientes a los años contractuales 1 a 4, que abarcan el período 2018-2022.
  • Prórroga del contrato de AMR por parte del condado de Multnomah: número de contrato del condado HD-NOSPEC-14365-2023, Enmienda número 2, aprobada por la Junta de Comisionados del Condado mediante calendario de consentimiento el 17 de marzo de 2022 y firmada el 17 de enero de 2023 por la presidenta del condado, Jessica Vega Pederson.
  • Reunión informativa conjunta de los Servicios Médicos de Emergencia del Condado de Multnomah y la Ciudad de Portland, 19 de septiembre de 2023, ante la Junta de Comisionados del Condado de Multnomah.

Recomendaciones

Según el contrato con AMR, el condado recibe informes mensuales sobre el desempeño del servicio de ambulancias en el área urbana. El primer caso claro de incumplimiento por parte de AMR de los requisitos de tiempo de respuesta de su contrato con el condado ocurrió en el Año 1 del Contrato. Los informes de los Servicios Médicos de Emergencia del Condado de Multnomah para las llamadas de Código 3 Urbano en el Año 1 del Contrato muestran que AMR no cumplió con los requisitos de tiempo de respuesta para las llamadas de Código 3 Urbano en junio o julio de 2019. También identificamos casos de incumplimiento donde el redondeo podría llevar la tasa de cumplimiento al 90%. El contrato no incluye ninguna cláusula sobre si el redondeo está permitido. Sin embargo, según el contrato, el umbral entre el cumplimiento y el incumplimiento sustancial del contrato es del 90%; cualquier cumplimiento inferior al 90% para cada tipo de código y ubicación constituye un incumplimiento.

Hemos detectado meses de claro incumplimiento de los requisitos de respuesta a las llamadas relacionadas con el Código Urbano 3, así como otros casos de incumplimiento.

Tabla que muestra que AMR incumplió claramente los requisitos de tiempo de respuesta en junio, julio y septiembre de 2019; agosto, septiembre y octubre de 2020; febrero de 2021; y de marzo a agosto de 2022.
Source: Auditor's Office based on Emergency Medical Services reports. Clear noncompliance shaded in dark orange; other times of noncompliance shaded in yellow.

El condado también recibe una evaluación de los tiempos de respuesta en zonas rurales cada seis meses para determinar el cumplimiento. A partir de marzo de 2022, AMR comenzó a incumplir sistemáticamente los requisitos de tiempo de respuesta de ambulancias para las llamadas de Código 3 urbanas, según los informes mensuales. La situación fue similar para las llamadas de Código 3 rurales urbanas, según los informes semestrales. Esto significa que, desde marzo de 2022 hasta al menos el final de ese año contractual, que fue el 31 de agosto de 2022, AMR incumplió los requisitos de respuesta para las llamadas de Código 3 urbanas y rurales.

También realizamos una revisión resumida de las estadísticas de tiempo de respuesta de las ambulancias desde el 1 de agosto de 2023 hasta el 29 de febrero de 2024, que indicó que el incumplimiento por parte de AMR de los requisitos contractuales de tiempo de respuesta sigue siendo un problema.

El contrato número 5600002522 entre AMR y el condado de Multnomah contenía disposiciones específicas relacionadas con los requisitos de tiempo de respuesta de las ambulancias como un término esencial y las opciones del condado en caso de incumplimiento sustancial del contrato. Estas opciones incluyen la posibilidad de imponer sanciones a AMR por tiempos de respuesta inferiores al 90% para todos los códigos y ubicaciones, y por casos de tiempos de respuesta atípicos del código 3 superiores a 12 minutos y 59 segundos en áreas urbanas y superiores a 24 minutos y 59 segundos en áreas rurales. La sección de sanciones del contrato también establece que el condado debe notificar a AMR sobre el incumplimiento reiterado y que AMR debe proporcionar un plan de acción correctiva al condado dentro de los 30 días posteriores a dicha notificación. Además, según la sección 6 del contrato, para que el condado determine que AMR ha incurrido en incumplimiento sustancial del contrato, debe notificar a AMR y otorgarle 15 días para subsanar la infracción. El contrato también incluye cláusulas de intervención de emergencia según las cuales, si el condado "determina que se ha producido o es razonablemente probable que se produzca un incumplimiento material, real o inminente", y "la naturaleza del incumplimiento es, en opinión del condado, tal que la salud y la seguridad públicas se ven comprometidas", entonces el condado puede hacerse cargo de la prestación del servicio de ambulancias.

También examinamos la relación del condado con AMR a través del Código del Condado. En 2016, el condado estableció el Consejo Asesor de Servicios Médicos de Emergencia en el Código del Condado. El Consejo debía estar compuesto por un mínimo de 12 miembros, un tercio de los cuales provendría de la comunidad. La Junta de Comisionados del Condado debía nombrar a los miembros por recomendación del Administrador de Servicios Médicos de Emergencia. El Consejo nunca se formó y no se nombró a ningún miembro. El Comité de Desarrollo de Protocolos del Tri-Condado es actualmente el órgano asesor de los Servicios Médicos de Emergencia del Condado de Multnomah.

Conclusiones

El condado tuvo oportunidades de exigir responsabilidades a American Medical Response por los tiempos de respuesta de las ambulancias antes de marzo de 2022.

El contrato entre el condado de Multnomah y American Medical Response incluye medidas correctivas para el condado en caso de incumplimiento sustancial del contrato por parte de AMR. Asimismo, define qué se entiende por "incumplimiento sustancial".

Extracto del contrato que define un incumplimiento material como, pero no necesariamente limitado a, la ocurrencia de cualquiera de los siguientes factores o una combinación de ellos y después de la notificación por parte del condado y la falta de subsanación por parte del proveedor dentro de los 15 días.
Fuente: Contrato del condado con AMR

El incumplimiento de los plazos de respuesta es uno de los factores que el contrato considera una infracción grave. En caso de infracción, el condado notifica a AMR sobre la infracción. AMR dispone entonces de 15 días para subsanar la infracción contractual que originó la infracción. El papel del condado en esta sección del contrato parece claro. Siempre que AMR incumpla cualquier cláusula importante del contrato, es responsabilidad del condado notificarle y concederle 15 días para corregir la situación.

No está claro cuándo el presidente del condado o la junta de comisionados del condado en pleno tuvieron conocimiento del incumplimiento de AMR. Tampoco sabemos con qué frecuencia se proporcionan a la junta en pleno las estadísticas sobre el tiempo de respuesta de las ambulancias. El personal de los Servicios Médicos de Emergencia del condado no respondió a las preguntas del defensor del pueblo sobre estos temas.

Según el personal de los Servicios Médicos de Emergencia y los documentos que revisamos, el condado recibió un plan de acción correctiva de AMR en junio de 2022, vigente hasta diciembre de 2022. En agosto de 2023, el condado hizo referencia a este plan de acción correctiva anterior en un memorando dirigido a AMR e indicó que comenzaría a facturar y cobrar las penalizaciones económicas mensuales según los términos del contrato.

El condado ha indicado que podría multar a AMR con 2 millones de dólares por incumplimiento, pero aún no lo ha hecho y actualmente se encuentra en mediación con AMR. En el futuro, garantizar que los líderes del condado estén informados periódicamente sobre el cumplimiento o incumplimiento de AMR podría reducir la necesidad de multas significativas, ya que permitiría al condado gestionar de forma proactiva el contrato con AMR y resolver los incumplimientos con mayor prontitud.

El condado estableció un Consejo Asesor de Servicios Médicos de Emergencia en el Código del Condado, pero no formó el comité ni nombró a sus miembros.

La Sección 21.419 del Código del Condado de Multnomah estableció el Consejo Asesor de Servicios Médicos de Emergencia para "formular recomendaciones y asesorar al Director Médico del Servicio de Emergencias Médicas (EMSMD) y al Administrador del Programa de Servicios Médicos de Emergencia sobre innovaciones y mejoras en el Sistema de Servicios Médicos de Emergencia". El código indica: "Los miembros del Consejo serán designados por la Junta a recomendación del Administrador de Servicios Médicos de Emergencia. El Consejo estará compuesto por un mínimo de 12 miembros, un tercio de los cuales serán residentes del Condado de Multnomah que puedan acceder a los servicios de ambulancia".

Al ser consultados sobre el estado del Consejo Asesor, los responsables de los Servicios Médicos de Emergencia del condado explicaron que dicho Consejo tenía como objetivo reemplazar a un organismo asesor disuelto: la Junta Asesora Médica. El Administrador de los Servicios Médicos de Emergencia aclaró que la Junta Asesora Médica se disolvió en 1997, pero se incluyó en el Plan de Servicios de Ambulancia del condado hasta la revisión de 2016. Dicha revisión propuso la creación del Consejo Asesor de Servicios Médicos de Emergencia. La Junta aprobó la propuesta y la incorporó al Código del Condado.

Según el Administrador de Servicios Médicos de Emergencia, el Comité de Desarrollo de Protocolos del Condado de Tri-County es actualmente el único organismo asesor de servicios médicos de emergencia en funcionamiento para el Condado de Multnomah. Los Directores Médicos de Servicios Médicos de Emergencia seleccionan a los miembros del Comité de Desarrollo de Protocolos. La membresía está abierta a quienes participen de las siguientes categorías:

  • Se invita a participar a todas las entidades, tanto públicas como privadas, que presten atención de urgencias extrahospitalarias en la región.
  • Se anima encarecidamente a los directores de servicios médicos de emergencia de la región a participar.
  • Se anima a participar a otros médicos con experiencia específica en atención médica de urgencias.
  • Se anima a participar a las enfermeras que ejercen la atención fuera del hospital o que están familiarizadas con los sistemas de servicios médicos de emergencia.
  • La participación activa de los técnicos de emergencias médicas básicos, intermedios y paramédicos en el terreno es esencial.

La composición del Comité de Desarrollo de Protocolos del Condado Tri-Condal no cumple con lo estipulado en la sección 21.419(C) del Código del Condado, que establece que un tercio de los miembros del Consejo Asesor de Servicios Médicos de Emergencia serán "miembros de la comunidad del Condado de Multnomah que puedan acceder a los servicios de ambulancia". El proceso de nombramiento de los miembros del Comité de Desarrollo de Protocolos tampoco cumple con lo estipulado en el código. El Código del Condado indica: "Los miembros del Consejo serán nombrados por la Junta, previa recomendación del Administrador de Servicios Médicos de Emergencia". Por estas razones, el Comité de Desarrollo de Protocolos del Condado Tri-Condal no es equivalente al Consejo Asesor de Servicios Médicos de Emergencia tal como se establece en el Código del Condado.

Recomendaciones

  1. La Junta de Comisionados del Condado debería recibir periódicamente datos sobre el tiempo de respuesta de las ambulancias por parte del personal de los Servicios Médicos de Emergencia, los cuales se recopilan al menos mensualmente para las zonas urbanas y cada seis meses para las zonas rurales.
  2. Se debería crear el Consejo Asesor de Servicios Médicos de Emergencia y el Administrador de Servicios Médicos de Emergencia debería recomendar miembros a la Junta de Comisionados del Condado para su nombramiento en el Consejo.

Acerca de las investigaciones del Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo del Condado lleva a cabo investigaciones basadas en quejas del público, a su propia discreción o por indicación del Auditor del Condado. Seguimos procedimientos detallados en nuestras investigaciones. Nuestros procedimientos se basan en los estándares para defensores del pueblo gubernamentales de la Asociación de Defensores del Pueblo de EE. UU. Estos estándares establecen que los defensores del pueblo pueden resolver las quejas de manera informal y que deben tener la autoridad para publicar informes. Informar al público sobre los resultados de las investigaciones puede fomentar la rendición de cuentas.

Reconocimiento de la tierra

El condado de Multnomah está situado en las tierras ancestrales de las bandas Multnomah, Kathlamet, Clackamas, Tumwater y Watlala de los Chinook, los Tualatin Kalapuya y otras naciones indígenas del río Columbia.

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Última revisión 17 de Puede de 2024