Exenciones para organizaciones sin fines de lucro

Oregón permite exenciones de impuestos a la propiedad para ciertas organizaciones sin fines de lucro que califican.

Las leyes de Oregón brindan exenciones de impuestos a la propiedad para propiedades propiedad de o arrendadas por organizaciones sin fines de lucro calificadas.

Elegibilidad

Los tipos más comunes de organizaciones calificadas son:

  • Religiosos (ORS 307.140)
  • Fraternal (ORS 307.134-.136)
  • Literario (ORS 307.130)
  • Cementerios (ORS 307.150-.157)
  • Guarderías, escuelas, residencias para estudiantes (ORS 307.145)
  • Terrenos baldíos reservados para el desarrollo futuro de viviendas para personas de bajos ingresos (ORS 307.513)

Existen requisitos de elegibilidad específicos para cada tipo de organización. Para más información, consulte la publicación del Departamento de Hacienda "Exenciones del Impuesto sobre la Propiedad para Organizaciones Específicas" .

Plazos

Las exenciones no son automáticas. Para obtener una exención, debe presentar una solicitud válida y la documentación de respaldo entre el 1 de enero y el 1 de abril para el año fiscal que comienza el 1 de julio. Para las propiedades adquiridas después del 1 de marzo y antes del 1 de julio, la solicitud debe presentarse dentro de los 30 días posteriores a la adquisición. Las propiedades no adquiridas antes del 1 de julio del año fiscal no son elegibles para ese año fiscal. Si la propiedad se adquirió antes del 1 de julio, pero la solicitud no se presentó a tiempo, es posible que se aplique una tarifa por presentación tardía. Envíenos un correo electrónico para obtener más información. Incluya el número de cuenta fiscal de la propiedad en cuestión, si es posible.

Para un tiempo de procesamiento más rápido y verificación de recepción, se prefiere que la solicitud y la documentación requerida se envíen por correo electrónico a dart.special.programs@multco.us .

Si no puede enviar un correo electrónico, puede hacerlo a:
Condado de Multnomah DART SPG
PO Box 2716
Portland, OR 97208-2716
(El envío por correo puede resultar en un mayor tiempo de procesamiento general; verifique dos semanas después del envío que hayamos recibido lo enviado)

Aplicaciones para la mayoría de las situaciones de los solicitantes:

Bienes propiedad de instituciones y organizaciones específicas

Solicitud: Exención de Impuestos sobre Bienes Inmuebles y Muebles

Estatuto: ORS 307.162

Propiedad propiedad de un organismo exento y arrendada a otro organismo exento

Solicitud: Exención de Impuestos sobre Bienes Inmuebles y Muebles

Estatuto: ORS 307.166

Propiedad propiedad de o arrendada por un propietario sujeto a impuestos y arrendada a un organismo exento (que no sea el Estado de Oregón o el Gobierno de los EE. UU.).

Solicitud: Exención de Impuestos sobre Bienes Inmuebles y Muebles

Estatuto: ORS 307.112

Aplicaciones para usos específicos:

Propiedad propiedad de una organización religiosa o caritativa utilizada para alojamiento de estudiantes .

Solicitud: Exención del impuesto predial para viviendas estudiantiles

Estatuto: ORS 307.471

Propiedad propiedad de y operada por un organismo exento utilizada como campamento de trabajo agrícola.

Solicitud: Exención de un campamento de trabajo agrícola

Estatuto: ORS 307.495

Propiedad propiedad de y operada por un organismo exento utilizada como centro de cuidado infantil .

Solicitud: Exención de un centro de cuidado infantil

Estatuto: ORS 307.495

Eventos descalificantes :

Si ocurre cualquiera de los siguientes eventos, se deberá presentar una nueva solicitud o se terminará la exención:

  • Cambio de propietario
  • Cambio en la ocupación
  • Cambio de uso
  • Modificación del contrato de arrendamiento (incluido el aumento o disminución de los metros cuadrados)
  • Una adición o modificación a la propiedad
Last reviewed November 28, 2025