El condado de Multnomah prevalece: el Tribunal de Circuito confirma los límites del condado a las contribuciones de campaña

Un juez del Tribunal de Circuito ha dictaminado que los límites a las contribuciones de campaña del Condado de Multnomah son constitucionales y no violan el derecho a la libertad de expresión garantizado por la Primera Enmienda. El Condado ha superado un importante obstáculo para implementar las reformas al financiamiento de campañas que los votantes exigieron hace casi cinco años.

La División Electoral del Condado implementará los límites de contribución. En las próximas semanas se publicará más información sobre la implementación en la página web de Financiamiento de Campañas de la División Electoral.

"Me complace que el condado finalmente pueda implementar las reformas de financiamiento de campañas que el 89% de los votantes apoyó", dijo la presidenta Deborah Kafoury. "Nos alegra poder avanzar".

En noviembre de 2016, los votantes modificaron la Carta del Condado de Multnomah para establecer límites de contribuciones y gastos de campaña para los cargos electos del Condado (Presidente del Condado, Comisionados, Sheriff y Auditor), así como requisitos de deducción, registro y divulgación de la nómina de los empleados y mecanismos para administrar y hacer cumplir esos requisitos.

La Junta de Comisionados adoptó una ordenanza que establece tales medidas, pero debido a que medidas similares han sido cuestionadas repetidamente por violar los derechos de libertad de expresión, la Junta solicitó proactivamente al Fiscal del Condado que buscara seguridad jurídica en los tribunales.

En 2018, el Tribunal de Circuito anuló los límites de contribución, los límites de gasto y los requisitos de divulgación de la medida electoral. El condado apeló y el caso llegó a la Corte Suprema de Oregón.

El 23 de abril de 2020, la Corte Suprema de Oregón confirmó los límites a las contribuciones del condado según la Constitución de Oregón. El caso se devolvió al Tribunal de Circuito para decidir si dichos límites también son constitucionales según la Primera Enmienda.

En su decisión, la Corte Suprema explicó que el tribunal de primera instancia no había respondido inicialmente a la cuestión de la Primera Enmienda. Y, debido a la necesidad de determinar los hechos para determinar dicha respuesta, la Corte Suprema remitió el caso al tribunal de primera instancia para que considerara dicha cuestión en primera instancia.

El 23 de agosto de 2021, el juez del Tribunal de Circuito Eric J. Bloch concluyó que los límites eran constitucionales.

En un fallo de 16 páginas, Bloch escribió que el Tribunal analizó tres cuestiones: (1) ¿demostró el condado que tenía un interés gubernamental suficientemente importante?; (2) ¿existían “señales de peligro” de que los límites del condado eran demasiado bajos?; y (3) si hay “señales de peligro”, ¿ha adaptado el condado suficientemente sus límites de contribución para servir a su interés gubernamental, es decir, ha demostrado el condado que sus límites no son demasiado bajos?

En primer lugar, el Tribunal determinó que el condado había aportado pruebas suficientes para justificar la imposición de límites a las contribuciones.

A continuación, el Tribunal determinó que las cuatro “señales de peligro” que pueden indicar que los límites de contribución son demasiado bajos y, por lo tanto, no están “establecidos con precisión” para cumplir con el estándar constitucional, no estaban presentes o no eran lo suficientemente significativas como para sugerir que los límites de contribución eran demasiado bajos.

El Tribunal también examinó los cinco factores que se utilizan para evaluar si los límites están suficientemente ajustados a los intereses del gobierno. El Tribunal determinó que los límites del Condado también eran suficientes según dichos factores.

Como resultado, los requisitos de divulgación del condado, junto con los requisitos de deducción de nómina y registro, también permanecerán vigentes.

Los límites de gastos del condado no entrarán en vigor después de que la Corte Suprema de Oregón confirmara el fallo del Tribunal de Circuito de que esos límites son inconstitucionales.