Preguntas frecuentes sobre la licencia parental remunerada

El Condado de Multnomah ahora ofrece 6 semanas de Licencia Parental Pagada a los empleados elegibles del Condado. Aquí encontrará una lista de Preguntas Frecuentes.

1. ¿Qué es la licencia parental remunerada (LPR)?

El propósito de la licencia parental remunerada (LPR) es dar tiempo a los padres para conectar con su nuevo hijo, adaptarse a su nueva situación familiar, conciliar sus obligaciones personales y profesionales y garantizar la continuidad del salario base. La LPR se aplica en casos de nacimientos (incluida la discapacidad posterior al embarazo), adopciones o acogimiento familiar.

2. ¿Quién es elegible?

Todos los empleados regulares, en período de prueba o de duración limitada que hayan estado empleados en el Condado durante al menos ciento ochenta (180) días inmediatamente antes de la licencia.

3. ¿Qué tipo de evento de licencia califica para PPL?

  • Nacimiento de un niño.
  • Colocación de un niño con el empleado para adopción o cuidado de crianza.
  • Incapacidad post-gestacional relacionada con el parto, si se solicita y aprueba la licencia.
  • Un empleado que necesita cuidar a su cónyuge o pareja de hecho que tiene una discapacidad posterior al embarazo relacionada con el parto, si se solicita y aprueba la licencia.

4. ¿Cuánto tiempo remunerado recibiré?

  • Los empleados elegibles que trabajen cuarenta (40) horas por semana recibirán hasta un máximo de seis (6) semanas de PPL por evento.
  • Los empleados elegibles que trabajen menos de cuarenta (40) horas semanales recibirán una licencia prorrateada por evento, según el porcentaje de tiempo trabajado. La licencia se calcula multiplicando el número de horas asignadas o promedio de una semana laboral por seis (6).

5. ¿La PPL es adicional a las 12 semanas de licencia parental FMLA/OFLA?

No, la licencia parental paga bajo esta regla se ejecutará simultáneamente (al mismo tiempo) con una licencia FMLA/OFLA aprobada.

6. ¿Cuánto tiempo tengo para utilizar mi PPL?

La PPL debe usarse dentro de los doce (12) meses posteriores al nacimiento, adopción o acogimiento familiar de un niño. Si se le aprueba la FMLA/OFLA, debe usar la PPL durante su licencia FMLA/OFLA.

7. ¿Qué pasa si no tomo las 12 semanas de mi licencia FMLA/OFLA de una sola vez? ¿Puedo usar el saldo de mi PPL más adelante, de forma intermitente o con un horario reducido?

FMLA/OFLA solo garantiza a un empleado un bloque de tiempo continuo de hasta 12 semanas.

Sin embargo, algunos departamentos pueden aprobar licencias intermitentes o horarios reducidos según sus necesidades. Si su gerente y el departamento de Recursos Humanos lo aprueban, puede usar la licencia de forma intermitente siempre que se utilice dentro de los 12 meses posteriores a la fecha de nacimiento, adopción o acogida del menor.

8. ¿El horario de PPL coincidirá con el de FMLA/OFLA?

Sí, si un empleado califica para la licencia FMLA y/o OFLA por el nacimiento (incluida la discapacidad posterior al embarazo relacionada con el parto), adopción o colocación en cuidado de crianza de un niño, la PPL bajo esta regla se ejecutará simultáneamente (al mismo tiempo) con la FMLA/OFLA y debe usarse durante la licencia parental FMLA y/o OFLA aprobada.

9. ¿Tengo que utilizar primero mi tiempo de enfermedad o vacaciones antes de utilizar mi beneficio PPL?

No, no es necesario usar primero su licencia por enfermedad o vacaciones. La licencia parental (PPL) se aplica simultáneamente a la FMLA y la OFLA. Sin embargo, debe usar toda la licencia parental dentro de los 12 meses posteriores al nacimiento, la adopción o la acogida de un niño.

10. Mi pareja/cónyuge también es empleado del condado de Multnomah. ¿Podemos ambos recibir la PPL?

Sí, cada padre será elegible para un máximo de seis (6) semanas de PPL.

11. ¿Qué pasa si tengo más de un bebé (por ejemplo: gemelos o adopto más de un bebé o niño) en un año?

  • El nacimiento, la adopción o la acogida temporal de varios niños en el mismo evento no aumenta la cantidad de PPL otorgada. La cantidad total de PPL otorgada para varios niños en el mismo evento será de hasta un máximo de seis (6) semanas.
  • Un empleado puede recibir licencia parental remunerada por hasta dos (2) eventos por año calendario.
  • La licencia parental remunerada no utilizada en el primer evento no se puede trasladar a un segundo evento.

12. ¿Continuarán mis beneficios médicos, dentales y otros beneficios mientras estoy de licencia?

Sí, todos sus beneficios continuarán mientras esté de licencia paga.

13. ¿A qué otros beneficios podría tener derecho mientras estoy de baja parental remunerada?

Si es una empleada embarazada inscrita en nuestro programa de beneficios por discapacidad a corto plazo, podría tener derecho a estos beneficios. Para obtener más información, comuníquese con la Administración de Licencias en leave.information@multco.us .

14. ¿A quién debo llamar o enviar un correo electrónico si tengo preguntas?

  • Oficina de Beneficios para Empleados: leave.information@multco.us , 503-988-3477 (todos los empleados excepto MCSO)
  • Oficina del Sheriff del Condado de Multnomah: 503-988-8251 o 503-988-4813 o mcsoleave@msco.us (solo para MSCO)

15. ¿Cómo solicito mi PPL?

  • Un empleado debe notificar con al menos treinta (30) días calendario de anticipación el nacimiento, la adopción o la acogida de un niño, según lo dispuesto en esta norma. Si el nacimiento, la adopción o la acogida son imprevisibles, el empleado se comunicará con su supervisor lo antes posible.
  • Los empleados que necesiten solicitar PPL deberán seguir el proceso de licencia del condado, que se puede encontrar en la página FMLA/OFLA en Multco Commons .

16. ¿Puedo retirar este beneficio?

No, los PPL no se pueden cobrar.

17. ¿Un empleado continuará acumulando vacaciones y licencia por enfermedad mientras esté fuera de licencia por enfermedad?

Sí, tanto las licencias por enfermedad como las vacaciones continuarán acumulándose mientras se encuentre en estado remunerado.

18. ¿Los empleados recibirán pago de vacaciones si están de baja por enfermedad y un día festivo cae dentro de ese período de tiempo?

Sí, lo harán. El día festivo se codificaría como tal y trasladaría un día de PPL al final de la licencia de PPL.

19. ¿Tiene PPL derechos de protección laboral?

Sí, cuando un empleado regresa de una licencia familiar, será reincorporado a su puesto anterior. Si no puede reincorporarse a su puesto anterior porque ya no existe, se le reincorporará a un puesto equivalente disponible, de acuerdo con las leyes, normas y/o el convenio colectivo aplicables. Si no hay un puesto adecuado disponible, el empleado estará sujeto a las disposiciones de despido de estas normas y/o de cualquier convenio colectivo aplicable.

20. ¿Se puede utilizar la PPL antes del nacimiento, adopción o acogida de un niño?

No, la PPL solo se puede utilizar para licencia posterior al nacimiento/adopción/colocación de un niño.

21. ¿Continuarán los incentivos y/o las primas de pago que estoy recibiendo mientras estoy en PPL?

La mayoría de los incentivos y primas salariales continuarán mientras esté en PPL. Para más información, comuníquese con la Administración de Licencias por Beneficios.

Last reviewed May 3, 2024