La Junta de Comisionados del Condado de Multnomah, Oregón (la Junta) estableció el Comité Asesor Ciudadano de Ciclistas y Peatones (el Comité) mediante la Ordenanza No. 979 , adoptada el 21 de marzo de 2002, derogando la Ordenanza No. 874 , que estableció el Comité por primera vez el 30 de enero de 1997.
I. Propósito y deberes
El propósito y funciones del Comité son los siguientes:
- Asesorar a la Junta y a la División de Transporte en asuntos relacionados con el transporte de bicicletas y peatones.
- Identificar problemas, oportunidades y cuestiones específicas de bicicletas y peatones, y ayudar a evaluar proyectos para el Plan de Mejora de Capital para Bicicletas y el Plan de Mejora de Capital para Peatones.
- Servir como fuente de voluntarios para ayudar a la División de Transporte en eventos públicos que apoyen cuestiones relacionadas con bicicletas y peatones.
- Adoptar reglas consistentes con la Ordenanza No. 979 y todas las leyes estatales y federales para el funcionamiento del Comité.
II. Membresía
- El Comité estará integrado por un mínimo de 7 y un máximo de 14 miembros y hasta cinco suplentes designados por el Presidente del Directorio previa aprobación del mismo.
- El Comité representa a los ciudadanos del condado de Multnomah interesados en cuestiones de bicicletas y peatones de diversos intereses geográficos y ocupacionales, incluidos, entre otros, la ciudad de Gresham, la ciudad de Troutdale, la ciudad de Wood Village, la ciudad de Fairview, la Asociación Comunitaria del Noroeste del Condado de Multnomah, Sauvie Island Conservancy, Sauvie Island Grange, el área no incorporada del condado de Multnomah al oeste del río Willamette, Ciudadanos para la Preservación de Skyline Ridge, el área no incorporada del condado de Multnomah al oeste del río Sandy, el Comité Asesor de Bicicletas de Portland, la Alianza de Transporte en Bicicleta, la Coalición de Peatones de Willamette y el Comité Asesor de Peatones de Portland.
- Cada miembro es designado por un período de dos años, excepto que el Presidente de la Junta Directiva conservará la facultad discrecional de escalonar los períodos de nombramiento según sea necesario para garantizar períodos rotativos.
- Los miembros no reciben ninguna compensación.
III. Conflicto de intereses
Cualquier miembro del Comité que tenga un interés monetario o de inversión en cualquier asunto ante el Comité deberá informar a los miembros del Comité.
IV. Asistencia del personal
El personal de la División de Transporte brindará apoyo técnico y administrativo al Comité.
V. Funcionarios y períodos de mandato
El Comité tendrá un Presidente y un Vicepresidente que serán elegidos por los miembros del Comité.
El mandato tendrá una duración de un (1) año. La elección de funcionarios se celebrará en octubre de cada año y entrará en vigor en noviembre de ese mismo año. Se celebrará una elección especial para cubrir cualquier vacante de funcionario durante el resto del mandato.
El Presidente presidirá todas las reuniones del comité, tendrá derecho a voto en todos los asuntos, designará subcomités y convocará reuniones extraordinarias. El Presidente rendirá cuentas a la Junta Directiva según lo indique el Comité.
El Vicepresidente actuará en ausencia del Presidente y desempeñará las demás funciones que este le solicite. En caso de ausencia del Presidente y el Vicepresidente, el Comité podrá designar a un miembro para presidir dicha reunión.
VI. Asistencia
Se espera la asistencia a todas las reuniones del Comité. Los miembros que falten a tres (3) reuniones en un período de doce (12) meses sin justa causa serán automáticamente revocados. Por "justa causa" se entiende notificar al Presidente, Vicepresidente o al personal de apoyo de la División de Transporte con antelación a la reunión, indicando el motivo de la inasistencia.
VII. Quórum
Para realizar cualquier trámite o actuar, se requiere quórum. El quórum del Comité estará compuesto por cinco miembros.
VII. Reuniones
Las reuniones se celebrarán en el lugar y hora que el Comité determine conveniente para la mayoría de sus miembros. Las reuniones serán abiertas al público y se ajustarán a las Leyes de Reuniones Abiertas de Oregón . El tiempo asignado para que el público presente su opinión al Comité sobre cuestiones relacionadas con bicicletas y peatones será determinado por el Presidente del Comité para asegurar que se completen los trabajos del Comité.
IX. Minutos
El personal conservará las actas de las reuniones y las aprobará el Comité. Al votar sobre temas u opiniones que se presentarán a la Junta Directiva, se realizará una votación nominal y los resultados se documentarán claramente en el acta. Las actas deberán reflejar las opiniones de la minoría, además de la mayoría.
X. Votación
El voto de la mayoría de los miembros del Comité presentes en cualquier reunión ordinaria, continua o extraordinaria será suficiente para aprobar o decidir debidamente sobre cualquier asunto ante el Comité. Cualquier miembro del Comité que no esté presente en una reunión podrá votar por poder mediante una comunicación dirigida al Presidente o al personal antes de que el Comité emita la votación.
XI. Modificaciones a los Estatutos
Los estatutos pueden ser modificados en cualquier reunión ordinaria del Comité por la mayoría de los miembros con derecho a voto del Comité, siempre que se envíe un aviso por escrito de la modificación propuesta a cada miembro del Comité no menos de una (1) semana antes de la reunión.
-Aprobado por el Comité el 9 de octubre de 2002