NUEVO - Presentar en línea. Nuestra nueva opción de presentación en línea ya está disponible. Se seguirán aceptando declaraciones enviadas por correo.
Declaraciones enmendadas
Las declaraciones enmendadas se pueden enviar en línea a través del enlace de arriba, o enviarlas por correo mediante declaración en papel.
¿Cómo pagar?
Aceptamos pagos ACH (Preferido) y cheques por correo. Para obtener instrucciones sobre pagos ACH, comuníquese con el Departamento del Tesoro: treasury@multco.us
La opción del portal de pago en línea estará disponible en una fecha futura.
¿Quién está sujeto al impuesto?
El Impuesto sobre Alojamiento Transitorio (TLT) del Condado de Multnomah es un impuesto que se aplica a cada persona que se aloja en un hotel o alojamiento de alquiler. No es necesario registrarse. Los operadores sujetos al impuesto deben seguir las instrucciones a continuación para presentar el pago y remitirlo a la entidad correspondiente.
Cada operador de alojamiento transitorio debe pagar un impuesto del 11,5% que se compone de una tasa base del 5%, un recargo del 1%, un segundo recargo del 3% para Instalaciones para Visitantes y Acuerdos Intergubernamentales del Fondo de Impuestos Especiales, y un tercer recargo del 2,5% para Instalaciones para Visitantes y Acuerdos Intergubernamentales del Fondo de Impuestos Especiales.
Código de Impuestos sobre Alojamiento Transitorio
Exenciones
- Ocupación por más de 30 días naturales consecutivos
- Cualquier persona que paga alojamiento mensualmente
- Cualquier ocupante cuyo alquiler sea inferior a 2 dólares por día
- Cualquier alquiler de la instalación que se utilice incidentalmente para el uso del propietario
- Cualquier empleado del gobierno federal que alquile para asuntos oficiales del gobierno
- Cualquier espacio de estacionamiento para vehículos recreativos o zona de acampada
- Cualquier persona alojada a través de un refugio de emergencia o programa de desastre pagado con asistencia del gobierno
- Cualquier habitación de hospital, centro médico o de salud mental, hogar de convalecencia, hogar para ancianos o institución pública de propiedad y operación del gobierno.
¿Dónde presentar y remitir el pago?
El Condado de Multnomah recauda el Impuesto sobre Alojamiento Transitorio para los negocios de alojamiento ubicados en el Condado de Multnomah, pero que no se encuentran en la Ciudad de Portland. Para determinar si su negocio de alojamiento se encuentra en el Condado de Multnomah o en la Ciudad de Portland: www.portlandmaps.com
Los negocios de alojamiento ubicados en la ciudad de Portland deben recaudar y remitir el 6% del impuesto municipal a la ciudad de Portland, además del 5.5% del Impuesto de Alojamiento Transitorio del Condado de Multnomah. Si su negocio adeuda el impuesto de alojamiento de la ciudad de Portland, ambos impuestos (11.5%) son recaudados por la ciudad de Portland. Para presentar su declaración del Impuesto de Alojamiento Transitorio para negocios ubicados dentro de los límites de la ciudad de Portland: www.portland.gov/revenue/business-tax Contacto: biztaxhelp@portlandoregon.gov Teléfono: (503) 823-5157
Los hoteles, moteles y alquileres a corto plazo ubicados en el condado de Multnomah deben recaudar y liquidar un impuesto del 5.5% sobre todos los alquileres. Si su negocio de alojamiento no está ubicado en la ciudad de Portland, sino dentro del condado de Multnomah, el impuesto del 5.5% lo recauda el condado de Multnomah. Contacto: multco.treasury@multco.us Teléfono (503) 988-2323
Los alquileres de alojamiento en la ciudad de Gresham están sujetos a un impuesto de alojamiento transitorio del 8%. greshamoregon.gov/lodging-tax Contacto: Ann.Travers@GreshamOregon.gov Teléfono (503) 618-2325