Información sobre los votos por escrito
Si hay uno o más candidatos inscritos en la boleta, el Departamento de Elecciones del Condado de Multnomah contabiliza el número total de candidatos inscritos en cada contienda, pero no los nombres individuales, a menos que ningún candidato se haya inscrito para el puesto o que el total de candidatos inscritos supere al del candidato o candidatos inscritos. En esos casos, se determinan y contabilizan los nombres individuales inscritos. Encontrará más información sobre el proceso de inscritos en el Estatuto Revisado de Oregón a continuación.
Recuento de votos por escrito (ORS 254.500)
(1) Esta sección regula el recuento de los votos emitidos para personas cuyos nombres no figuran en la papeleta, pero que están escritos por los electores. Todos los votos escritos para cada cargo de la papeleta se contabilizarán conjuntamente, salvo en los casos siguientes:
(a) Si el número total de votos por escrito para candidatos para la misma nominación o cargo es igual o superior al número de votos emitidos para cualquier candidato para la misma nominación o cargo en la boleta que parezca haber sido nominado o elegido, el secretario del condado contará todos los votos por escrito emitidos para el cargo para mostrar el número total de votos emitidos para cada candidato por escrito.
(b) Si no hay nombres de candidatos impresos en la boleta para un cargo, el secretario del condado contará los votos emitidos para cada candidato para el cargo que haya recibido un voto.
(2) Ninguna persona que no sea el secretario del condado, un miembro de una junta de conteo o cualquier otro funcionario electoral designado por el secretario del condado puede contar los votos por escrito. [1985 c.508 §2; 1993 c.493 §45; 1995 c.607 §46; 1999 c.318 §38]