Descargo de responsabilidad
Esta página de preguntas frecuentes no constituye asesoramiento legal. Las siguientes respuestas abordan preguntas comunes sobre los límites de contribución locales y los requisitos de divulgación en las elecciones de candidatos del condado de Multnomah, pero no abordan ningún otro requisito local, estatal o federal. El Capítulo 5 del Código del Condado de Multnomah (MCC) y las Reglas Administrativas de Límites de Contribución y Divulgación (CLDR) establecen los requisitos y el lenguaje exactos de las regulaciones locales.
Si no encuentra las respuestas a sus preguntas después de revisar el Código, las Reglas y el contenido a continuación, comuníquese con campaignfinance@multco.us o 503.988.8613 y le responderemos lo más pronto posible.
Cuándo se aplican los límites de contribución y los requisitos de divulgación
Estoy considerando postularme para un cargo electo del Condado de Multnomah. ¿En qué momento me convierto en candidato y debo cumplir con los límites de contribución y las disposiciones de divulgación del Condado de Multnomah?
Una persona se convierte en candidato sujeto a los límites de contribución y requisitos de divulgación del condado de Multnomah cuando la persona:
- Identifica un cargo público electo del condado de Multnomah para una próxima elección en una Declaración de organización original o enmendada para un comité de candidatos; o
- Solicita o recibe y acepta una contribución, realiza un gasto o da el consentimiento a un individuo o entidad para solicitar o recibir y aceptar una contribución o realizar un gasto en nombre del individuo para asegurar la nominación o elección para una próxima elección a un cargo público electo del condado de Multnomah; o
- Presenta su formulario de presentación de candidato (SEL 101) ante el Director de Elecciones para uno de los cargos públicos electos del Condado de Multnomah para una próxima elección; o
- Declara su candidatura para un cargo público electo del condado de Multnomah para una próxima elección en una fuente de acceso público, que incluye, entre otras, publicaciones públicas en redes sociales; sitios web, blogs o foros de mensajes de acceso público; declaraciones hechas por el individuo publicadas por medios de comunicación; anuncios televisivos e impresos; y vallas publicitarias; o
- Expresa su consentimiento para ser nombrado como candidato para la nominación o elección a un cargo público electo del condado de Multnomah para una próxima elección, incluyendo la expresión del consentimiento a través de comunicaciones escritas o declaraciones grabadas que afirman el acuerdo del individuo para participar como candidato para un cargo público electo del condado de Multnomah para una próxima elección, incluyendo como candidato por escrito; o
- Tiene su nombre impreso en una boleta electoral para una elección a un cargo público del condado de Multnomah en una próxima elección; o
- Es titular de uno de los cargos públicos electos del condado de Multnomah y es objeto de una petición de destitución que se ha completado y presentado.
Sin embargo, una persona que haya presentado un formulario de retiro de presentación de candidato (SEL 150) para una próxima elección para uno de los cargos públicos electos del condado de Multnomah ya no es un candidato sujeto a los límites de contribución y los requisitos de divulgación.
Los candidatos tienen prohibido aceptar más de $603 de individuos o comités políticos durante un ciclo electoral, y las comunicaciones a los votantes deben incluir a los cinco principales contribuyentes y a los principales gastadores independientes, según su financiación o gasto por ciclo electoral. ¿Cuándo comienza y termina un ciclo electoral?
- El ciclo electoral para un cargo público electo del condado de Multnomah comienza a las 12:01 a. m. del día después de la elección en la que un candidato del condado de Multnomah es elegido para el cargo y se extiende hasta la medianoche del día de la siguiente elección en la que un candidato es elegido para ese mismo cargo.
- Si hay una elección especial para llenar una vacante, esa elección especial tendrá su propio ciclo electoral que comenzará el día en que la Junta del Condado de Multnomah convoque la elección especial y finalizará a la medianoche del día de la elección (incluida una segunda vuelta de la elección especial).
Visite Ciclos electorales de candidatos del condado de Multnomah para obtener más información sobre los ciclos electorales actuales.
Preguntas frecuentes sobre los límites de contribución
¿Quién es responsable de garantizar que no se violen los límites de contribución de $603: la campaña del candidato o el contribuyente?
- Según las normas de financiamiento de campañas del condado, tanto el contribuyente como el candidato o el comité de candidatos son responsables de las transacciones que excedan los límites de contribución.
- Por ejemplo : un contribuyente individual puede ser considerado en violación por realizar una contribución mayor a la permitida a un solo comité de candidatos y ese comité de candidatos también puede ser considerado en violación por aceptar dicha contribución.
- Puerto seguro para candidatos/comités de candidatos : de manera similar, si un candidato o su comité de candidatos devuelve o rechaza fondos que violarían los límites de contribución dentro de los plazos que se detallan a continuación, entonces los fondos no se considerarán “recibidos” y no se considerará que hayan violado los límites de contribución.
- Salvo lo dispuesto a continuación, un Candidato o un Comité de Candidatos debe devolver el exceso de Contribución dentro de los 30 días calendario a partir de la fecha de recepción para ser elegible a la protección legal.
- Sin embargo, a medida que se acercan las elecciones, el plazo para devolver o rechazar las Contribuciones excedentes se acorta. En el caso de una Contribución recibida durante el período que comienza 42 días calendario antes de una elección primaria, general, revocatoria o especial, el Candidato o el Comité de Candidatos debe devolver la Contribución excedente dentro de los 7 días calendario siguientes a la fecha de recepción para poder acogerse a la protección.
- Protección para contribuyentes: Si un contribuyente ha realizado una contribución que excede el límite de contribución, puede solicitar por escrito al candidato o a su comité de candidatos la devolución del exceso de contribución dentro de los 30 días posteriores a la contribución. La evidencia de dicha comunicación puede utilizarse para solicitar protección contra sanciones civiles si se trata de la primera infracción del contribuyente durante un ciclo electoral.
¿Los préstamos y la condonación de préstamos están sujetos a los límites de contribución?
- La definición de "Contribución" incluye un "préstamo" y la "condonación de deuda". Por lo tanto, está prohibido otorgar o condonar préstamos superiores a $603 a un candidato o comité de candidatos, según los límites de contribución establecidos por el condado.
- Existe una excepción muy limitada para ciertos préstamos otorgados por determinadas instituciones financieras.
- Sin embargo, cualquier cosa de valor proporcionada por un Candidato a su propio Comité de Candidatos o proporcionada de otra manera por un Candidato para apoyar su propia elección o nominación a un cargo público electo del Condado de Multnomah no se considera una Contribución para los propósitos de los límites de Contribución del Condado y, por lo tanto, no estaría sujeto a los límites.
¿Las contribuciones en especie están sujetas a los límites de contribución?
- La definición de "Contribución" incluye "servicios que no sean servicios personales por los que no se solicita ni se otorga compensación, suministros, equipos o cualquier otro objeto de valor", todos ellos comúnmente conocidos como contribuciones en especie. Salvo que se excluyan explícitamente de la definición de "Contribución" en el Código del Condado, las contribuciones en especie se consideran una Contribución sujeta al límite de $603.
- Algunos ejemplos de contribuciones en especie que no están sujetas al límite de contribución de $603 incluyen:
- Se proporcionan salas, teléfonos y acceso a Internet para uso del Comité de Candidatos de forma gratuita o con un cargo reducido;
- Una noticia escrita, un comentario o un editorial distribuido a través de las instalaciones de una estación de radiodifusión, periódico, revista u otra publicación publicada regularmente, a menos que un comité político sea propietario de la instalación;
- El uso por parte de un individuo de su propia residencia personal, incluida una sala comunitaria asociada a su residencia, para llevar a cabo una recepción para un candidato y el costo de las invitaciones, alimentos y bebidas proporcionados por parte del individuo;
- La venta de alimentos y bebidas por parte de un vendedor para su uso en la campaña de un candidato a un precio inferior al precio normal, si el precio es al menos igual al costo de los alimentos o bebidas para el vendedor;
- Cualquier pago no reembolsado por gastos de viaje que un individuo realiza en nombre del candidato.
¿El trabajo voluntario está sujeto a los límites de contribución? Si un voluntario presta servicios profesionales de calidad a una campaña, ¿está sujeto a los límites de contribución?
- "Contribución" se define, en parte, como "servicios distintos de los personales por los que no se solicita ni se ofrece compensación". Según esta definición, el trabajo voluntario (es decir, el trabajo realizado sin compensación) no se considera una contribución y no está sujeto a límites de contribución.
- Si una persona colabora voluntariamente en una campaña y presta servicios profesionales de calidad (por ejemplo, fotografía, diseño web o estrategia de campaña), estos servicios no se consideran una Contribución, siempre que el voluntario no solicite ninguna compensación por ellos ni la campaña la otorgue. Si, en cambio, los servicios se prestan con descuento, el importe del descuento se considerará una Contribución. Por ejemplo, si un proveedor normalmente cobra $300 por hora, pero a un candidato solo le cobra $100 por hora, el proveedor está realizando una Contribución de $200 por hora.
Preguntas frecuentes sobre divulgación
Soy candidato para un cargo electo del condado de Multnomah, ¿qué exactamente necesito revelar en mis comunicaciones de campaña?
- Si la Comunicación es financiada únicamente por su Comité de Candidatos, y no está exenta de divulgación (por ejemplo, financiada con un total de $366 o menos), debe revelar que su Comité de Candidatos financió la Comunicación, por ejemplo, "Pagado por Amigos del Candidato X".
- El Comité de Candidatos también debe revelar sus 5 principales contribuyentes dominantes en el ciclo electoral actual.
- En este caso, los Contribuyentes Dominantes serían las personas o entidades que contribuyeron más de $1,223 al Comité de Candidatos durante el Ciclo Electoral. Si ninguna persona o entidad contribuyó más de $1,223 al Comité de Candidatos durante el Ciclo Electoral, no se requeriría ninguna declaración adicional.
- Si el Comité de Candidatos cumple con los límites de contribución, los únicos Contribuyentes Dominantes potenciales serían los Comités de Pequeños Donantes, que pueden donar cantidades ilimitadas.
- Si un Comité de Pequeños Donantes es uno de los Contribuyentes Dominantes del Comité Candidato, la Comunicación debe incluir el nombre de dicho Comité.
- Si bien la divulgación para algunos contribuyentes dominantes debe incluir los tipos de empresas de las cuales han obtenido la mayoría de sus ingresos durante los cinco años anteriores, debido a que un comité de pequeños donantes debe obtener sus ingresos de individuos, en lugar de empresas, ese requisito no se aplica a los comités de pequeños donantes.
- Si la Comunicación es financiada únicamente por usted como Candidato (independientemente de su Comité de Candidatos y de los fondos de campaña), entonces no se requiere ninguna divulgación porque la Comunicación no se financiaría con Contribuciones o Gastos Independientes.
Si un candidato para un cargo electo del condado de Multnomah dona y/o presta a sí mismo o a su campaña más de $1,223, ¿ese financiamiento lo convierte en un contribuyente dominante sujeto a las reglas de divulgación para los cinco contribuyentes dominantes principales?
- No. Cualquier cosa de valor proporcionada por un Candidato a su propio Comité de Candidatos o proporcionada de otra manera por un Candidato para apoyar su propia elección o nominación a un cargo público electo del Condado de Multnomah no se considera una Contribución para los propósitos de las regulaciones de financiamiento de campañas del Condado y, por lo tanto, no necesita ser divulgada a través de los requisitos de Contribuyente Dominante.
¿Qué tipos de artículos están exentos de los requisitos de divulgación del condado de Multnomah?
- Los siguientes artículos están exentos de los requisitos de divulgación de campaña del condado de Multnomah:
- Pegatinas para parachoques
- Letreros de menos de seis pies cuadrados
- Pequeños objetos usados o llevados por personas, como botones o pegatinas
- 500 o menos volantes u otras piezas de literatura sustancialmente similares distribuidas en un período de 10 días hábiles
- Otras comunicaciones financiadas a través de un monto de minimis de $366 o menos
Tengo cuentas de campañas en redes sociales, ¿debo enumerar mis fuentes de financiación en cada publicación?
- Depende de si la publicación incluye comunicaciones producidas profesionalmente y de la cantidad de fondos utilizados para proporcionar o presentar la publicación.
- Si la publicación se financió con un total de $366 o menos, no se requiere ninguna divulgación.
- Si esa exención no aplica, las Reglas Administrativas del Condado describen algunas formas diferentes de satisfacer los requisitos de divulgación en las redes sociales.
- Financiador(es) listado(s) con enlace activo a sitio web para divulgaciones adicionales. Una opción es que cada comunicación en redes sociales (1) identifique en la comunicación quién la financió y (2) incluya un enlace activo a un sitio web con cualquier divulgación adicional requerida, como la lista de contribuyentes dominantes. La divulgación en el sitio web independiente debe ser fácilmente accesible y estar visible. Tenga en cuenta que se aplican reglas diferentes para las comunicaciones producidas profesionalmente, como se describe a continuación.
- Ubicación estática. Una segunda opción es incluir toda la información requerida en una ubicación estática, como la biografía o el perfil de una cuenta de redes sociales utilizada para las comunicaciones de campaña. Si la página estática de una cuenta de redes sociales tiene una limitación de caracteres que impide el pleno cumplimiento de las disposiciones de divulgación, se puede cumplir con los requisitos de divulgación utilizando la página estática para proporcionar un enlace activo a un sitio web con toda la información requerida, siempre que la información en el sitio web enlazado sea fácilmente accesible y se muestre de forma destacada. Cuando la información se incluye en una ubicación estática, no se requiere incluirla en el texto de cada comunicación, como en cada tuit de texto, a menos que la comunicación incluya material producido profesionalmente.
- Material de Producción Profesional. Si publica una Comunicación de producción profesional (como un anuncio en video, audio, infografía o foto) en redes sociales, se aplican requisitos diferentes y debe indicar las fuentes de financiación de dicha Comunicación, según lo requiera la Comunicación.
¿Con qué frecuencia debo actualizar la información de divulgación requerida en el sitio web y las cuentas de redes sociales de mi campaña?
- Por lo general, las divulgaciones deben estar vigentes dentro de los 10 días hábiles posteriores a la impresión de la Comunicación que la requiere, pero las Comunicaciones de audio y video generalmente deben tener divulgaciones vigentes dentro de los cinco días hábiles posteriores a su transmisión. Se recomienda fechar las divulgaciones para garantizar su puntualidad.
Me pregunto si la comunicación de mi campaña cumplirá con las normas de divulgación del condado. ¿Su oficina revisará mi anuncio antes de distribuirlo?
- No, sin embargo, la División Electoral puede proporcionar información general sobre cómo el Condado está implementando los requisitos. Para obtener asesoramiento legal específico u opiniones formales, todos los candidatos, campañas y colaboradores son individualmente responsables del cumplimiento y deben buscar asesoramiento legal externo.
Preguntas frecuentes sobre elecciones de vacantes y revocatorias
Soy candidato en una elección revocatoria o una elección especial para cubrir una vacante. Según el Capítulo 5 and CLDR , también soy candidato en la elección regular actual para el mismo cargo. ¿Cómo se aplican los límites de contribución a mi candidato en dos ciclos electorales separados, pero que se superponen?
- Cuando se convoca una elección revocatoria o una elección especial para cubrir una vacante, se crea un nuevo Ciclo Electoral independiente y concurrente con el Ciclo Electoral regular. El límite de contribución para cada Ciclo Electoral es de $603 para individuos y comités políticos (excepto los comités de pequeños donantes).
- Si usted es un Candidato, según se define en MCC 200 and CLDR 3(a), en cada Ciclo Electoral concurrente, puede aceptar Contribuciones de Individuos y Comités Políticos de hasta $603 durante cada Ciclo Electoral (tenga en cuenta que los Comités de Pequeños Donantes pueden dar cantidades ilimitadas), y por lo tanto puede aceptar Contribuciones de un Individuo o Comité Político que en total excedan los $603, siempre que las Contribuciones no excedan los $603 aceptados durante cada Ciclo Electoral.
- Si usted es candidato y recauda fondos simultáneamente para cada uno de dos ciclos electorales concurrentes, no podrá aceptar más de $1206 (equivalente a la suma del límite de contribución permitido durante cada ciclo electoral) de una persona o comité político (que no sea un comité de pequeños donantes) durante los ciclos electorales concurrentes.
- El condado no regula el gasto de los candidatos ni del comité de candidatos, incluido cuándo o cómo se gastan los fondos.
- Escenarios de ejemplo:
- Ciclo de Elecciones Regulares para el Puesto A: 17 de mayo de 2018 al 4 de noviembre de 2022
- Ciclo de Elecciones Especiales para Cubrir una Vacante en el Puesto A: 9 de noviembre de 2020 al 21 de mayo de 2021
- Del 9 de noviembre de 2020 al 21 de mayo de 2021, habrá dos ciclos electorales simultáneos para el puesto A.
- El 15 de noviembre de 2020, el Candidato Z se presentó como candidato para el Puesto A. Ese mismo día, anunció públicamente que también se postularía para el mismo puesto en las elecciones regulares de 2022. El Candidato Z se presentó como candidato en dos ciclos electorales simultáneos para el Puesto A.
- Escenario 1: El 1 de diciembre de 2020, durante dos Ciclos Electorales simultáneos, el Candidato Z acepta una Contribución de $1,206 del Individuo M. La Contribución se permite porque el Candidato Z puede aceptar $603 durante el Ciclo Electoral especial y $603 durante el Ciclo Electoral regular. El Candidato Z no puede aceptar Contribuciones adicionales del Individuo M hasta que finalice el Ciclo Electoral regular en 2022.
- Escenario 2: El 1 de diciembre de 2020, durante los dos ciclos electorales simultáneos, el candidato Z acepta $400 del individuo N.
- Escenario 2A: El 1 de octubre de 2021, tras la finalización del Ciclo Electoral Especial, el Candidato Z acepta $603 adicionales de la Persona N. La contribución se permite porque los $400 recibidos en diciembre de 2020 se recibieron durante el Ciclo Electoral Especial. En consecuencia, el Candidato Z puede aceptar $603 adicionales de la misma persona durante el Ciclo Electoral Regular.
- Escenario 2B: El 1 de octubre de 2021, tras la finalización del Ciclo Electoral especial, el Candidato Z acepta $736 adicionales del Individuo N. El Candidato Z ha incumplido los límites de contribución porque la contribución se aceptó solo durante un Ciclo Electoral para las elecciones regulares, donde el límite de contribución es de $603. Como resultado, al Candidato Z solo se le permitió aceptar $603 adicionales. del individuo N.
- Escenario 3: El 1 de diciembre de 2020, durante los dos Ciclos Electorales simultáneos, el Candidato Z acepta $1000 del Individuo O ($603 durante el Ciclo Electoral especial de 2021 y $397 durante el Ciclo Electoral regular de 2022). Desde esa fecha y hasta la finalización del Ciclo Electoral regular de 2022, el Candidato Z puede aceptar hasta $206 adicionales del Individuo O.
Actualmente soy candidato en dos ciclos electorales simultáneos (elección especial por vacante o revocatoria y elección ordinaria) y acepto contribuciones para ambos ciclos. Una vez finalizado el ciclo electoral especial, ¿puedo seguir aceptando contribuciones para el mismo, siempre y cuando solo las destine a pagar deudas y otros gastos de la elección especial?
- No, no puede seguir aceptando contribuciones para el ciclo electoral especial una vez finalizado. El Condado no regula los gastos de los candidatos ni de sus comités, ni cuándo ni cómo se gastan los fondos. Las normas de financiamiento de campañas del Condado se centran en cuándo se recaudan los fondos, de quién y en qué cantidad.
- Los límites de contribución se aplican a las contribuciones realizadas durante un ciclo electoral, no para un ciclo electoral. Las contribuciones realizadas a un candidato después de la finalización de un ciclo electoral especial se realizan durante el ciclo electoral regular, y un candidato no puede aceptar más de $603 de una persona o comité político (excepto un comité de pequeños donantes) durante el ciclo electoral regular, incluso si la contribución se realiza para saldar deudas u otros costos de un ciclo electoral anterior.
- Ejemplo de escenario:
- Ciclo de Elecciones Regulares para el Puesto A: 17 de mayo de 2018 al 4 de noviembre de 2022
- Ciclo de Elecciones Especiales para Cubrir una Vacante en el Puesto A: 9 de noviembre de 2020 al 21 de mayo de 2021
- Del 9 de noviembre de 2020 al 21 de mayo de 2021, habrá dos ciclos electorales simultáneos para el puesto A.
- El 15 de noviembre de 2020, el Candidato Z se presentó como candidato para el Puesto A. Ese mismo día, anunció públicamente que también se postularía para el mismo puesto en las elecciones regulares de 2022. El Candidato Z se presentó como candidato para el Puesto A en dos ciclos electorales simultáneos.
- Escenario: El 20 de diciembre de 2020, durante dos Ciclos Electorales simultáneos, la Candidata Z acepta $200 del Individuo P. El 25 de mayo de 2021, tras la finalización del Ciclo Electoral especial, la Candidata Z acepta $700 del Individuo P. La Candidata Z pretende gastar $300 para saldar deudas de su campaña electoral especial de 2021 y $400 para su campaña electoral regular de 2022. La Contribución aceptada el 25 de mayo de 2021 infringe los límites de Contribución. La Contribución de $700 aceptada del Individuo P el 25 de mayo se realizó tras la finalización del Ciclo Electoral especial y superó el límite de Contribución de $603 durante el Ciclo Electoral regular en el que se realizó. La Contribución del 25 de mayo no se realizó durante el Ciclo Electoral especial, independientemente de la intención detrás de la Contribución.
En ORESTAR, mi comité de candidatos solo puede identificar una elección para la que estoy recaudando fondos. ¿Cómo puedo comunicarle al Departamento de Elecciones del Condado de Multnomah que estoy aceptando contribuciones para ciclos electorales simultáneos para que puedan verificar que cumplo con los requisitos del condado?
- Puede enviar una notificación por escrito al Director de Elecciones del Condado de Multnomah indicando que es candidato en cada uno de los dos Ciclos Electorales simultáneos y que tiene la intención de recaudar fondos para ambos simultáneamente. Si recibe la notificación por escrito, el Director no investigará ni iniciará una queja si la única base de esta es que usted aceptó más de $603, pero menos de $1,206, de una persona o un comité político (excepto un comité de pequeños donantes) durante los Ciclos Electorales simultáneos.
- Puede enviar una notificación por escrito a campaignfinance@multco.us o a la División de Elecciones del Condado de Multnomah, Attn. Campaign Finance Program, 1040 SE Morrison St , Portland, OR 97214 .
- Si no notifica al Director de Elecciones que está recaudando fondos simultáneamente para ciclos electorales simultáneos, es posible que su recaudación simultánea cumpla con los requisitos de financiamiento de campañas del Condado. Sin embargo, si el Director recibe una queja de que ha aceptado una contribución por un monto superior al límite de $603, se podría iniciar una investigación para determinar si cumple con los requisitos.