Aviso de título de la boleta de iniciativa del condado de Multnomah y declaración explicativa - MultCoInit-04

Aviso de título de la boleta de iniciativa del condado de Multnomah y declaración explicativa - MultCoInit-04

AVISO DE TÍTULO DE LA BOLETA Y DECLARACIÓN EXPLICATIVA – MultCoInit-04

POR LA PRESENTE SE NOTIFICA que se ha presentado ante el Director de Elecciones del Condado de Multnomah un título de boleta y una declaración explicativa para una Petición de Iniciativa del Condado de Multnomah. Esta petición de iniciativa cumple con los requisitos constitucionales. Cualquier votante registrado en el Condado de Multnomah que no esté satisfecho con el título de la boleta y la declaración explicativa puede presentar una petición ante el Tribunal de Circuito del Condado de Multnomah para su revisión a más tardar a las 17:00 h del 24 de abril de 2017. Cualquier persona que presente una impugnación también debe presentar una copia de la misma ante el Director de Elecciones, 1040 SE Morrison St , Portland, antes del final del siguiente día hábil a la presentación de la petición ante el Tribunal de Circuito.

LEYENDA: Impuestos a la distribución de bebidas azucaradas, financian la salud y la educación de los niños.

PREGUNTA: ¿Debería el condado imponer un impuesto especial de $0,015 por onza sobre la distribución de bebidas azucaradas, ingresos utilizados para la salud y la educación de los niños?

RESUMEN : Promulga la Ordenanza del Condado que impone un impuesto especial de un centavo y medio ($0.015) por onza líquida a los negocios que distribuyen en el Condado de Multnomah productos de bebidas azucaradas (SSBP) y concentrados de SSBP. La distribución se define como el suministro, la entrega o la adquisición por parte del minorista, o el transporte al Condado por parte del minorista para la venta minorista. Excluye las ventas minoristas a los consumidores; se aplica solo a la primera Distribución no exenta dentro del Condado. Define SSBP como bebidas no alcohólicas que contienen edulcorantes calóricos agregados y más de 6 gramos de azúcar por porción de 8 onzas. Exime la leche, las alternativas a la leche, los jugos naturales de frutas / vegetales, las bebidas "dietéticas", los productos destinados a ser comidas complementarias o reemplazos de comidas, los medicamentos. El Administrador de Impuestos del Condado recaudará, hará cumplir y administrará el impuesto. Los ingresos dedicados al "Fondo de Salud y Educación Infantil" se utilizan para financiar programas que atienden principalmente a niños en comunidades de bajos ingresos y comunidades de color que promueven la aptitud física, la salud, la nutrición y las iniciativas de educación de la primera infancia. Crea un Comité Asesor del Fondo de Salud Infantil para asesorar a la Junta de Comisionados del Condado sobre la efectividad del impuesto al consumo de SSBP y hacer recomendaciones sobre el uso de los fondos.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Esta medida crearía una ordenanza del condado de Multnomah que impone un impuesto especial de $0.015 por onza líquida sobre la distribución de productos de bebidas azucaradas (SSBP), que incluyen, entre otras, bebidas comúnmente conocidas como refrescos, gaseosas, colas, bebidas deportivas, bebidas energéticas, tés helados endulzados o bebidas de café endulzadas.

Las ventas minoristas de SSBP a un consumidor no están sujetas al impuesto.

SSBP no incluye leche, alternativas a la leche, jugos de frutas, jugos de vegetales, fórmulas infantiles, bebidas para uso médico, bebidas endulzadas con edulcorantes no calóricos como bebidas dietéticas o cualquier producto diseñado como suplemento o reemplazo de comida que contenga proteínas, carbohidratos, vitaminas y minerales.

Se define como distribuidor a cualquier entidad comercial que distribuya productos SSBP en el Condado, independientemente de dónde se adquieran, e incluye a cualquier entidad comercial que transporte SSBP adquirido fuera del Condado para su venta minorista dentro del Condado. La jurisdicción del Condado sobre los distribuidores se extiende a todas las personas que operan en el Condado de Multnomah, según lo define el Código de Impuestos sobre la Renta Comercial del Condado de Multnomah.

El impuesto se aplica a la primera distribución no exenta de SSBP. La distribución de SSBP no puede gravarse más de una vez en la cadena de comercio de los distribuidores sujetos a la jurisdicción del Condado.

Están exentos del impuesto: Distribuidores no sujetos legalmente a impuestos por las leyes del Estado de Oregon o de los Estados Unidos; distribución a un Minorista de edulcorantes naturales o comunes de concentrados para la venta o uso posterior por parte de los consumidores, como bolsas de azúcar o limonada en polvo para la venta en una tienda de comestibles.

Los ingresos del impuesto se destinan al "Fondo de Salud y Educación Infantil" para programas que atienden principalmente a niños de comunidades de bajos ingresos y comunidades racializadas, y que buscan mejorar la condición física, la nutrición y la salud dental, reducir las disparidades en salud y apoyar la educación infantil temprana. El monto destinado a la administración del fondo y a la evaluación de su eficacia se limita al 5% del mismo.

El Auditor del Condado debe realizar una auditoría de desempeño del Fondo cada dos años.

El Administrador Tributario del Condado está obligado a recaudar y recibir el impuesto. El Condado podrá, mediante ordenanza, norma o reglamento, determinar cómo administrar y recaudar el impuesto, incluso mediante contrato con una agencia estatal.

La Medida establece el Comité Asesor del Fondo de Salud y Educación Infantil, integrado por nueve miembros residentes del Condado de Multnomah. Los miembros del comité son nombrados por el Presidente del Condado y aprobados por la Junta de Comisionados del Condado. Los criterios de membresía incluyen diversidad geográfica, económica y racial, así como antecedentes y experiencia específicos. Los miembros no pueden ejercer más de dos mandatos consecutivos de tres años. El Comité debe evaluar el impacto del impuesto especial en los precios, el comportamiento y los resultados de salud, y alinear las inversiones del Fondo con el Plan de Mejora de la Salud Comunitaria y el Plan Estratégico de Aprendizaje Temprano de Multnomah.

La ordenanza entra en vigor el 1 de enero de 2018. El impuesto no se impondrá ni se recaudará hasta el 1 de julio de 2018.

Tim Scott,
Director de Elecciones del Condado de Multnomah

Last reviewed January 12, 2023