En esta página
- Descargo de responsabilidad
- ¿Cuándo se aplican los límites de contribución?
- ¿Se aplican límites de contribución a las medidas electorales?
- ¿Quién es responsable de garantizar que no se violen los límites de contribución?
- ¿Cómo afectan los límites a las contribuciones de múltiples candidatos?
- ¿Los préstamos y la condonación de préstamos están sujetos a los límites de contribución?
- ¿Las contribuciones en especie están sujetas a los límites de contribución?
- ¿El trabajo voluntario está sujeto a los límites de contribución?
Descargo de responsabilidad
Esta página de preguntas frecuentes no constituye asesoramiento legal. Las siguientes respuestas abordan preguntas comunes sobre los límites de contribución locales y los requisitos de divulgación en las elecciones de candidatos del condado de Multnomah, pero no abordan ningún otro requisito local, estatal o federal. El Capítulo 5 del Código del Condado de Multnomah (MCC) y las Reglas Administrativas de Límites de Contribución y Divulgación (CLDR) establecen los requisitos y el lenguaje exactos de las regulaciones locales.
Si no encuentra las respuestas a sus preguntas después de revisar el Código, las Reglas y el contenido a continuación, comuníquese con campaignfinance@multco.us o 503.988.8613 y le responderemos lo más pronto posible.
¿Cuándo se aplican los límites de contribución?
Estoy considerando hacer una contribución a un candidato o posible candidato. ¿En qué momento se convierte alguien en candidato y está obligado a cumplir con los límites de contribución del Condado de Multnomah?
- Una persona se convierte en Candidato sujeto a los límites de contribución y requisitos de divulgación del Condado de Multnomah cuando la persona:
- Identifica un cargo público electo del condado de Multnomah para una próxima elección en una Declaración de organización original o enmendada para un comité de candidatos; o
- Solicita o recibe y acepta una contribución, realiza un gasto o da el consentimiento a un individuo o entidad para solicitar o recibir y aceptar una contribución o realizar un gasto en nombre del individuo para asegurar la nominación o elección para una próxima elección a un cargo público electo del condado de Multnomah; o
- Presenta su formulario de presentación de candidato (SEL 101) ante el Director de Elecciones para uno de los cargos públicos electos del Condado de Multnomah para una próxima elección; o
- Declara su candidatura para un cargo público electo del condado de Multnomah para una próxima elección en una fuente de acceso público, que incluye, entre otras, publicaciones públicas en redes sociales; sitios web, blogs o foros de mensajes de acceso público; declaraciones hechas por el individuo publicadas por medios de comunicación; anuncios televisivos e impresos; y vallas publicitarias; o
- Expresa su consentimiento para ser nombrado como candidato para la nominación o elección a un cargo público electo del condado de Multnomah para una próxima elección, incluyendo la expresión del consentimiento a través de comunicaciones escritas o declaraciones grabadas que afirman el acuerdo del individuo para participar como candidato para un cargo público electo del condado de Multnomah para una próxima elección, incluyendo como candidato por escrito; o
- Tiene su nombre impreso en una boleta electoral para una elección a un cargo público del condado de Multnomah en una próxima elección; o
- Es titular de uno de los cargos públicos electos del condado de Multnomah y es objeto de una petición de destitución que se ha completado y presentado.
- Sin embargo, una persona que haya presentado un formulario de retiro de presentación de candidato (SEL 150) para una próxima elección para uno de los cargos públicos electos del condado de Multnomah ya no es un candidato sujeto a los límites de contribución y los requisitos de divulgación.
Los candidatos tienen prohibido aceptar más de $603 de individuos o comités políticos (excepto los de pequeños donantes) durante un ciclo electoral. ¿Cuándo comienza y termina un ciclo electoral?
- El ciclo electoral para un cargo público electo del condado de Multnomah comienza a las 00:01 del día siguiente a la elección de un candidato del condado de Multnomah y se extiende hasta la medianoche del día de la siguiente elección. Dado que los candidatos del condado de Multnomah pueden ser elegidos en las primarias de mayo si obtienen más del 50% de los votos, el ciclo electoral puede finalizar en mayo o noviembre.
- Si hay una elección especial para llenar una vacante, esa elección especial tendrá su propio ciclo electoral que comenzará cuando la Junta del Condado de Multnomah convoque la elección especial y se extenderá durante la elección, incluida cualquier segunda vuelta de la elección especial.
- Visite Ciclos electorales de candidatos del condado de Multnomah para obtener más información sobre los ciclos electorales actuales.
¿Se aplican límites de contribución a las medidas electorales?
- No. Los límites de contribución se aplican únicamente a las contribuciones a los candidatos y comités de candidatos involucrados en las elecciones de candidatos del condado de Multnomah, es decir, las elecciones para presidente del condado, comisionado del condado, auditor del condado y sheriff del condado.
¿Quién es responsable de garantizar que no se violen los límites de contribución?
- Según las normas de financiamiento de campañas del condado, tanto el contribuyente como el candidato o el comité de candidatos son responsables de las transacciones que excedan los límites de contribución.
- Por ejemplo : un contribuyente individual puede ser considerado en violación por realizar una contribución mayor a la permitida al comité de candidatos de un candidato y el comité de candidatos de dicho candidato también puede ser considerado en violación por aceptar dicha contribución.
- Protección para contribuyentes : Si un contribuyente ha realizado una contribución que excede el límite de contribución, puede solicitar por escrito al candidato o a su comité de candidatos la devolución del exceso de contribución dentro de los 30 días posteriores a la contribución. La evidencia de dicha comunicación puede utilizarse para solicitar protección contra sanciones civiles si se trata de la primera infracción del contribuyente durante un ciclo electoral.
- Puerto seguro para candidatos/comités de candidatos: de manera similar, si un candidato o su comité de candidatos devuelve o rechaza fondos que violarían los límites de contribución dentro de los plazos que se detallan a continuación, entonces los fondos no se considerarán “recibidos” y no se considerará que hayan violado los límites de contribución.
- Salvo lo dispuesto a continuación, un Candidato o un Comité de Candidatos debe devolver el exceso de Contribución dentro de los 30 días calendario a partir de la fecha de recepción para ser elegible a la protección legal.
- Sin embargo, a medida que se acercan las elecciones, el plazo para devolver o rechazar las Contribuciones excedentes se acorta. Durante el período que comienza 42 días naturales antes de una elección primaria, general, revocatoria o especial, un candidato o comité de candidatos debe devolver la Contribución excedente dentro de los 7 días naturales siguientes a la fecha de recepción para poder acogerse a la salvaguardia.
¿Cómo afectan los límites a las contribuciones de múltiples candidatos?
Me gustaría contribuir personalmente a varios candidatos del condado de Multnomah. Si aporto $603 al comité de candidatos de un candidato, ¿puedo contribuir fondos adicionales a otro candidato durante el mismo ciclo electoral?
- Sí. El límite de contribución se aplica a las contribuciones agregadas de un individuo a un candidato particular del condado de Multnomah, ya sea a través de contribuciones directas al candidato o a través de contribuciones al comité de candidatos de un candidato durante el ciclo electoral.
- Por ejemplo : el contribuyente A no puede contribuir más de $603 en el mismo ciclo electoral (que incluye las elecciones primarias y generales) al candidato A. Sin embargo, el contribuyente A puede contribuir $603 al candidato A y $603 adicionales al candidato B durante el mismo ciclo electoral.
¿Los préstamos y la condonación de préstamos están sujetos a los límites de contribución?
- La definición de "Contribución" incluye un "préstamo" y la "condonación de deuda". Por lo tanto, está prohibido otorgar o condonar préstamos superiores a $603 a un candidato o comité de candidatos, según los límites de contribución establecidos por el condado.
- Existe una excepción muy limitada para ciertos préstamos otorgados por determinadas instituciones financieras.
- Sin embargo, cualquier cosa de valor proporcionada por un Candidato a su propio Comité de Candidatos o proporcionada de otra manera por un Candidato para apoyar su propia elección o nominación a un cargo público electo del Condado de Multnomah no se considera una Contribución para los propósitos de los límites de Contribución del Condado y, por lo tanto, no estaría sujeto a los límites.
¿Las contribuciones en especie están sujetas a los límites de contribución?
- La definición de "Contribución" incluye "servicios que no sean servicios personales por los que no se solicita ni se otorga compensación, suministros, equipos o cualquier otro objeto de valor", todos ellos comúnmente conocidos como contribuciones en especie. Salvo que se excluyan explícitamente de la definición de "Contribución" en el Código del Condado, las contribuciones en especie se consideran una Contribución sujeta al límite de $603.
- Algunos ejemplos de contribuciones en especie que no están sujetas al límite de contribución de $603 incluyen:
- Se proporcionan salas, teléfonos y acceso a Internet para uso del Comité de Candidatos de forma gratuita o con un cargo reducido;
- Una noticia escrita, un comentario o un editorial distribuido a través de las instalaciones de una estación de radiodifusión, periódico, revista u otra publicación publicada regularmente, a menos que un comité político sea propietario de la instalación;
- El uso por parte de un individuo de su propia residencia personal, incluida una sala comunitaria asociada a su residencia, para llevar a cabo una recepción para un candidato y el costo de las invitaciones, alimentos y bebidas proporcionados por parte del individuo;
- La venta de alimentos y bebidas por parte de un vendedor para su uso en la campaña de un candidato a un precio inferior al precio normal, si el precio es al menos igual al costo de los alimentos o bebidas para el vendedor;
- Cualquier pago no reembolsado por gastos de viaje que un individuo realiza en nombre del candidato.
¿El trabajo voluntario está sujeto a los límites de contribución?
- «Contribución» se define como «servicios distintos de los personales por los que no se solicita ni se ofrece ninguna compensación». Según esta definición, el trabajo voluntario no se considera una contribución y no está sujeto a límites de contribución.
Si un voluntario presta servicios profesionales de calidad a una campaña, ¿está eso sujeto a los límites de contribución?
- Si una persona colabora voluntariamente en una campaña y presta servicios profesionales de calidad (por ejemplo, fotografía, diseño web o estrategia de campaña), estos servicios no se consideran una Contribución, siempre que el voluntario no solicite ninguna compensación por ellos ni la campaña la otorgue. Si, en cambio, los servicios se prestan con descuento, el importe del descuento se considerará una Contribución. Por ejemplo, si un proveedor normalmente cobra $300 por hora, pero a un candidato solo le cobra $100 por hora, el proveedor está realizando una Contribución de $200 por hora.